La Corte Electoral, pone en conocimiento la nómina de ciudadanos no votantes en las elecciones nacionales del año 2004 y 2009.
Las
personas que figuren en dichas nóminas, deberán presentarse ante las
Oficinas Electorales Departamentales respectivas a ratificar sus
inscripciones, dentro el plazo de tres años contados a partir del 31 de marzo de 2011.
Vencido este plazo, la Corte Electoral dispondrá, la exclusión automática de las inscripciones que no hayan sido ratificadas. (Ley N° 13.882 en Art. 101 de la ley Nª 17113).
http://www.corteelectoral.gub.uy/gxpsites/hgxpp001.aspx
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