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domingo, 29 de diciembre de 2013

Obtención y Legalización de partidas extranjeras de estado civil y otros documentos

DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE

La Dirección de Asuntos Consulares ofrece la posibilidad de tramitar la legalización de Partidas extranjeras de Estado Civil, a través del agente consular uruguayo acreditado en el Estado que da origen a las mismas. El mismo, puede además tramitar la obtención de la/s Partida/s de estado civil de su interés.

Una vez obtenida, y/o legalizada por intervención del agente consular uruguayo correspondiente, y luego por la Dirección de Asuntos Consulares donde permanece a disposición del interesado.

¿Qué es?

Es el servicio que consiste en gestionar partidas (de nacimiento, de matrimonio y de defunción) en el respectivo lugar de origen, realizar su posterior legalización y autenticación de la firma del agente consular interviniente, para darles validez dentro de la República Oriental del Uruguay.

Principales avances en gestión consular y vinculación


La presentación se realizó el viernes 26, y fue presidida por la directora general de Asuntos Consulares y Vinculación Lourdes Boné, el subdirector, Jorge Muiño, e inaugurada por el director general de Secretaría, embajador Gustavo Álvarez.

“Para nosotros, lo esencial de la labor consular es modernizar los servicios tradicionales a los principios de simplificación administrativa, modernización tecnológica y pleno respeto a los derechos y dignidad de los compatriotas, así como la promoción y protección de sus intereses en el exterior”.

Con estas palabras, el embajador Álvarez, dio inicio al encuentro que tuvo por objeto informar las principales medidas llevadas adelante por la cancillería en materia consular y de vinculación. Participaron numerosos representantes de organismos públicos y privados, miembros del cuerpo diplomático, referentes de la sociedad civil y medios de comunicación.

Lourdes Boné hizo énfasis en la naturaleza de la gestión consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, fuertemente orientada hacia un enfoque de derechos.


Ejemplo de ello es la adhesión de Uruguay a la Apostilla de la Haya, con poco más de un año de implementación y 60.000 apostillas que han significado un concreto ahorro de tiempo y dinero para las personas. La realización en Montevideo del VIII Foro Mundial de la Apostilla electrónica significó además una instancia de intercambio y un paso más hacia la descentralización de la Apostilla en beneficio de los compatriotas del interior del país.

En otro orden, Lourdes Boné explicó el proceso interinstitucional hacia la actualización de la normativa de la organización consular, que data de 1906, y que actualmente se encuentra en el Parlamento. En la misma línea, se destacaron los proyectos de reforma de la Ley de Ciudadanía, la reducción de Avecinamiento de un año a tres meses y el traslado de la nacionalidad a los nietos de uruguayos nacidos en el exterior.

En relación a las mejoras en la documentación de las y los uruguayos en el exterior, se mencionó la implementación del pasaporte electromecánico -en marcha en 30 oficinas consulares- e universalizado para el mes de noviembre.
La expedición de partidas de Registro Civil desde los consulados en el exterior fue otra de las medidas reseñadas, implementada a través de la firma de convenios con las intendencias de Montevideo, Canelones y, próximamente, Maldonado, Lavalleja, Paysandú y Salto, y la meta de alcanzar un acuerdo marco que amplíe este servicio a todo el país.

En la misma línea de trabajo, la directora general mencionó el protocolo interinstitucional firmado y el plan piloto en Buenos Aires, que permitirá que los cónsules puedan inscribir nacimientos, reconocimientos y defunciones desde el exterior.

Los proyectos en marcha para tramitar la cédula de identidad desde todos los consulados de la región, así como la solicitud online de visa electrónica, ambos en fase de prueba, constituyen otros de los avances en materia de modernización consular y simplificación administrativa.

Guías de apoyo al compatriota retornado y al inmigrante

La cancillería presentó la guía Volver a Uruguay, disponible en formato impreso y digital y dirigida a orientar a quienes retornan al país facilitando la información para un mejor acceso a sus derechos.

“Esta guía es más amplia que el manual de retorno; tiene un enfoque más vinculado a colaborar con los uruguayos en temas que van desde los documentos que deben tramitar antes  de volver —y que luego necesitarán en Uruguay—, hasta el componente de los enseres y los beneficios que les otorga la Ley”, explicó Boné.

Esta herramienta se suma a otras iniciativas en materia de apoyo al compatriota que regresa: el acuerdo con Antel que otorga descuentos en materia de telefonía celular y fija, el convenio de acreditación de saberes firmado con UTU, o los beneficios en el seguro del vehículo y la vivienda a través del BSE, entre otros.

Con similar objetivo de brindar la información que facilite el acceso a los derechos a la salud, la educación, la justicia y la información relativa a vivienda, trabajo y programas sociales, el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó Vivir en Uruguay, la guía de apoyo para inmigrantes.

Ambas piezas se realizaron con el apoyo de la Junta Nacional de Migración, la OIM y en estrecha colaboración con el IMPO.

El Mapa Consular

El subdirector Jorge Muiño explicó las ventajas del nuevo Mapa consular, una herramienta informática que permite localizar los consulados y embajadas de Uruguay en el mundo, con datos de ubicación, mapas y fotografías de los edificios para un acceso más fácil. La iniciativa contó con el apoyo de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) y supuso un exhaustivo trabajo de relevamiento de información.

Lourdes Boné enumeró también algunos de los trabajos realizados desde la dirección deVinculación, tanto en referencia a la comunicación y permanente contacto y servicio a través de la página web y redes, como con el fortalecimiento del vínculo a través de iniciativas concretas en el campo de la cultura.

El rotundo éxito y enorme riqueza del intercambio obtenido a través de la realización del V Encuentro Mundial de Consejos Consultivos durante este mes de diciembre, fue otro de los hitos destacados en el área de vinculación. La reunión tuvo por objeto reforzar el contacto,  escuchar las necesidades de quienes viven en el exterior e intercambiar evaluaciones y proyecciones sobre la gestión de gobierno.

Participaron uruguayos y uruguayas residentes en Mar del Plata, Córdoba, Buenos Aires, Santiago de Chile, Noruega, París, México, Nueva York y otras partes de Estados Unidos. Las reuniones se realizaron en Montevideo y Canelones; en el Palacio Santos y en otros organismos del Estado. Los participantes mantuvieron una intensa agenda de reuniones de trabajo que incluyó el encuentro con el presidente Mujica y el ministro Luis Almagro.

La directora agradeció el compromiso de los funcionarios, las instituciones y actores involucrados en los logros de 2013, especialmente a los miembros y organizaciones de la sociedad civil-“nuestros ojos en la calle”-, e invitó a reforzar el mismo, teniendo en cuenta además que, desde el 1º de enero de 2014, el Ministerio de Relaciones Exteriores tendrá la responsabilidad de presidir de manera permanente la Junta Nacional de Migraciones.
 
Montevideo, 27 de diciembre de 2013

CATEGORÍAS MIGRATORIAS

CATEGORÍAS MIGRATORIAS

Artículo 31.- Las personas extranjeras serán admitidas para ingresar y permanecer en el territorio nacional en las categorías de no residente y residente.
La categoría de residente se subdivide en residente permanente y temporario.
Artículo 32.- Se considera residente permanente la persona extranjera que ingresa al país con el ánimo de establecerse definitivamente y que reúna las condiciones legales para ello.
Artículo 33.- Tendrán la categoría de residentes permanentes los cónyuges, concubinos, padres y nietos de uruguayos, bastando para ello acreditar dicho vínculo ante las autoridades de la Dirección Nacional de Migración.
Artículo 34.- Se considera residente temporario la persona extranjera que ingresa al país a desarrollar una actividad por un plazo determinado.
Podrán ser consideradas dentro de esta categoría las siguientes actividades sin perjuicio de las que se puedan establecer mediante la correspondiente reglamentación:

LEY DE MIGRACIÓN - Extranjeros: derechos y obligaciones.

Ley 18.250

Díctanse normas en materia de migración y deróganse las Leyes 2.096, 8.868
y modificativas y 9.604.
(146*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

                                CAPITULO I
                           PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1 

 El Estado uruguayo reconoce como derecho inalienable de las personas
migrantes y sus familiares sin perjuicio de su situación migratoria, el
derecho a la migración, el derecho a la reunificación familiar, al debido
proceso y acceso a la justicia, así como a la igualdad de derechos con los
nacionales, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color,
idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen
nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica,
patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición.

                               CAPITULO II
                           AMBITO DE APLICACION

Artículo 2 

 La admisión, el ingreso, la permanencia y el egreso de las personas al
territorio nacional se regirán por las disposiciones de la Constitución,
de la presente ley y de la reglamentación que a sus efectos se dicte.

Artículo 3 

 Se entiende por "migrante" toda persona extranjera que ingrese al
territorio con ánimo de residir y establecerse en él, en forma permanente
o temporaria.

Artículo 4 

 El Estado uruguayo garantizará a las personas migrantes los derechos y
privilegios que acuerden las leyes de la República y los instrumentos
internacionales ratificados por el país.

Artículo 5 

 Quedan exceptuados del régimen de ingreso, permanencia y salida del país
establecidos por la presente ley:
1) El personal diplomático y consular de países extranjeros
   acreditados en la República.
2) Las personas que vinieran en misiones oficiales procedentes de
   Estados extranjeros o de organismos internacionales.
3) El personal extranjero con inmunidades y privilegios diplomáticos
   de organismos internacionales con sede en la República, debidamente
   acreditados.
4) El personal extranjero técnico y administrativo enviado a prestar
   servicios en las misiones diplomáticas, consulares o de organismos
   internacionales, que gocen de inmunidades y privilegios diplomáticos.
5) Los familiares y el personal de servicio extranjero de las personas
   precedentemente mencionadas en los numerales 1) y 3) de este artículo,
   que gocen de inmunidades y privilegios diplomáticos.
6) El personal diplomático y consular de países extranjeros y de
   organismos internacionales, en tránsito por el territorio nacional.
7) Quienes por circunstancias especiales y fundadas determine el Poder
   Ejecutivo.

Artículo 6 

 En todos los casos las autoridades migratorias deberán obrar conforme lo
disponen los tratados internacionales suscritos por el Uruguay en materia
diplomática y consular y las demás leyes especiales o generales vigentes,
limitándose en el caso del artículo 5° de la presente ley, a controlar la
documentación de ingreso y egreso.

                               CAPITULO III
           DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS

Artículo 7 

 Las personas extranjeras que ingresen y permanezcan en territorio
nacional en las formas y condiciones establecidas en la presente ley
tienen garantizado por el Estado uruguayo el derecho a la igualdad de
trato con el nacional en tanto sujetos de derechos y obligaciones.

Artículo 8 

 Las personas migrantes y sus familiares gozarán de los derechos de salud,
trabajo, seguridad social, vivienda y educación en pie de igualdad con los
nacionales. Dichos derechos tendrán la misma protección y amparo en uno y
otro caso.

Artículo 9 

 La irregularidad migratoria en ningún caso impedirá que la persona
extranjera tenga libre acceso a la justicia y a los establecimientos de
salud. Las autoridades de dichos centros implementarán los servicios
necesarios para brindar a las personas migrantes la información que
posibilite su regularización en el país.

Artículo 10 

 El Estado uruguayo garantizará el derecho de las personas migrantes a la
reunificación familiar con padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros
menores o mayores con discapacidad, de acuerdo al artículo 40 de la
Constitución de la República.

Artículo 11 

 Los hijos de las personas migrantes gozarán del derecho fundamental de
acceso a la educación en condiciones de igualdad de trato con los
nacionales. El acceso de los hijos de trabajadores migrantes a las
instituciones de enseñanza pública o privada no podrá denegarse ni
limitarse a causa de la situación irregular de los padres.

Artículo 12 

 Toda persona migrante tendrá derecho a que el Estado le proporcione
información relativa a sus derechos, deberes y garantías, especialmente en
lo que refiere a su condición migratoria.

Artículo 13 

 El Estado implementará acciones para favorecer la integración
sociocultural de las personas migrantes en el territorio nacional y su
participación en las decisiones de la vida pública.

Artículo 14 

 El Estado velará por el respeto de la identidad cultural de las personas
migrantes y de sus familiares y fomentará que éstas mantengan vínculos con
sus Estados de origen.

Artículo 15 

 Las personas migrantes deberán respetar y cumplir las obligaciones de la
Constitución de la República, los instrumentos internacionales
ratificados, leyes, decretos y reglamentaciones vigentes.

lunes, 9 de diciembre de 2013

Espacio Bievenid@s

Desde IDAS Y VUELTAS :
Espacio Bievenid@s : un espacio sin coste para los usuarios, destinado a todas aquellas personas que por cualquier motivo vengan a vivir a Uruguay; donde podrán compartir sus experiencias, además de conocer e informarse sobre sus derechos y obligaciones como habitantes de este territorio , y donde podrán contar con orientación laboral , y ayuda en la búsqueda de empleo , apoyo psicológico, asesoramiento en la búsqueda de vivienda, procurando construir entre todos una sociedad acorde a las nuevas realidades.
Bienvenid@s funcionara en red y de manera coordinada con todos los servicios y recursos que actualmente existen, siendo un recurso mas, complementario a los ya existentes para inmigrantes y retornados, donde pretendemos contribuir al desarrollo de esta nueva sociedad con cada vez mas población inmigrante y uruguayos que regresan.
Bienvenidos todos los miércoles de 9: 30 a 13:30
· Información y orientación en todo tipo de trámites
· Asesoramiento y orientación laboral
· Apoyo Psicológico
· Asesoramiento en la búsqueda de vivienda
Le saluda atentamente,
Dirección- José Enrique Rodo 1836

sábado, 16 de noviembre de 2013

Se sanciona la Ley que permite legalizar los documentos Uruguayos por medio de la Apostillada de la Haya.

Tras la sanción de la ley 18.836, Uruguay se sumó a la mayoría de los países del mundo, al ratificar el Convenio de la Haya, Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, suscrito en La Haya en 1961. Este convenio simplificó el procedimiento de legalización de documentos extranjeros realizado a través de los consulados, y lo sustituyó por un sello especial conocido como "Apostilla de La Haya". Esto supone una reducción de costos y de tiempos importante, ya que suprime los costos de las tasas consulares que cobra cada país, así como el tiempo que demoraban la mayoría de los consulados para legalizar los documentos. Cabe destacar que la Apostilla rige exclusivamente con los países firmantes de dicha convención, por lo que se deberá seguir realizando la legalización consular entre los estados que no hayan firmado la mencionada convención.

viernes, 15 de noviembre de 2013

Registro de Estado civil desde los consulados

Hoy, en el salón de actos Reinaldo Gargano de la Cancillería y acompañado por el ministro Ricardo Ehrlich, el canciller Luis Almagro presentó el nuevo sistema de Gestión del Registro del Estado Civil desde los Consulados de Uruguay en el exterior.

A partir del próximo lunes 18 de noviembre, comenzará la implementación piloto del sistema de inscripciones para defunciones y reconocimientos, en primer lugar, en el Consulado General de la República en Buenos Aires.

En el correr de las próximas dos semanas se incorporará la posibilidad de inscribir nacimientos de uruguayos desde el exterior, esencial para la obtención de documentación uruguaya: la cédula y el pasaporte, símbolos de nuestra identidad y acceso a nuestros derechos.

Los funcionarios ingresarán por medio de un usuario y clave de acceso al sistema de gestión de la Dirección General del Registro de Estado Civil.

Las y los compatriotas interesados deberán presentarse en el Consulado con documentación probatoria (la partida de nacimiento, de defunción extranjera, los testigos) y solicitar la inscripción de estos actos.

El ministro Luis Almagro explicó que el Consulado General en Buenos Aires fue seleccionado para el plan piloto del proyecto considerando la importancia de la comunidad residente en esa ciudad y el compromiso institucional en relación a la documentación de las y los uruguayos.

La prueba piloto se llevará adelante hasta el mes de marzo.

Luego de asegurar el funcionamiento técnico del nuevo sistema y ya aceitados los protocolos, se espera sumar a todas las Oficinas Consulares dentro del mismo, para abril de 2014.

Asimismo, durante la reunión de hoy en la sala Gargano de la Cancillería,  el ministro Almagro anunció que se encuentra en curso la firma e implementación de los convenios entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y las Intendencias Departamentales para que los compatriotas residentes en el exterior puedan solicitar testimonios de partidas de Estado Civil a través de las Oficinas Consulares de la República.

Este beneficio ya está en marcha con las Intendencias de Montevideo y Canelones, a las que se sumarán en breve Maldonado, Salto y Lavalleja.

La posibilidad de inscribir nacimientos y defunciones desde los Consulados de Uruguay en el exterior es una medida que se suma al programa de mejoras impulsadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores en favor de una mayor participación, democratización, entre las que se encuentra la adhesión al Convenio de la Apostilla, la mejora del servicio consular, los convenios interinstitucionales en apoyo a nacionales que retornan al país.

Asimismo, informó el canciller, otro de los pasos en avance es la propuesta de reforma de la Ley de Organización Consular con el objetivo modernizar la función de los cónsules y sus funciones.

El ministro Almagro agradeció especialmente al Ministro de Educación y Cultura Ricardo Ehrlich, y a la Dirección General del Registro de Estado Civil “por sumarse a esta iniciativa y permitir a través de un proceso clave de negociación, desarrollo e inclusión, sumar a las Oficinas Consulares de la República al sistema de gestión digital”. 

 “Trabajar para garantizar los derechos y acompañar a los uruguayos tanto los que viven en el exterior como quienes han decidido regresar- es una de las políticas de este gobierno y uno de los cinco pilares de la gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores”, dijo el Ministro Almagro durante la presentación.
 
Montevideo, 14 de noviembre de 2013

Fuente:
Comunicación e Información Pública
Ministerio de Relaciones Exteriores

lunes, 11 de noviembre de 2013

Retornados: más soluciones para más uruguayos

Con el fin de mejorar las condiciones y dar soluciones a los uruguayos que regresaron o están por regresar al país luego de haber vivido en otras tierras, el MVOTMA firmó un convenio con distintas instituciones. Este convenio firmado con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Banco Hipotecario del Uruguay y el Correo Uruguayo se basa en el trabajo en conjunto y en la planificación del retorno de los uruguayos residentes en el exterior, facilitando el acceso al Programa “Yo Ahorro (a distancia)” del BHU para la apertura de cuentas desde el exterior, complementado con las acciones del MRREE y del Correo Uruguayo para la correcta implementación del mismo.
Paralelamente, el convenio tiene como otro objetivo colaborar con los uruguayos que regresaron al país a través del “Programa Préstamos para Adquisición de Vivienda a Retornados” del BHU. Ambos casos están dirigidos en una primera instancia para quienes residen o retornaron desde España. Se continuará trabajando para, que en corto plazo, pueda hacerse efectivo a otros países.
Este convenio es una nueva concreción de “Mi lugar, entre todos” Plan Nacional de Vivienda 2010-2014.
Garantía de alquiler para retornados
Además de las nuevas medidas para apoyar a la solución habitacional de los uruguayos retornados al país, el MVOTMA cuenta desde el 2010 con una garantía de alquiler para retornados. Para esto los interesados se presentan en la oficina de Bienvenida y Retorno del MRREE. Allí se les otorga una carta que certifique que se trata de uruguayos retornados recientemente y con dicho documento trasmitan la garantía en el MVOTMA.

viernes, 16 de agosto de 2013

Los uruguayos residentes en Buenos Aires podrán tramitar la cédula de identidad desde el Consulado,

Contigo en la distancia

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15.08.2013 15:04

En los próximos meses los uruguayos residentes en Buenos Aires podrán tramitar la cédula de identidad desde el Consulado, como forma de un plan piloto que buscará extenderse a la región.
La Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación, la Dirección Nacional de Identificación Civil y AGESIC están desarrollando un software que facilitará la obtención del documento de identidad uruguayo por parte de los residentes en el exterior, informó Presidencia.
En este sentido, comenzará en breve un plan piloto en Buenos Aires, donde se concentra la mayor comunidad de uruguayos residentes en el exterior, además de que por su cercanía se facilita el monitoreo del programa.

La directora general para Asuntos Consulares y Vinculación, Lourdes Boné, detalló a la Secretaría de Comunicación de Presidencia que "el proyecto está muy avanzado. La tramitación y expedición del documento de identidad se realizará en Identificación Civil y luego será enviado a través de Cancillería al Consulado correspondiente".

"La primera etapa va a comprender la renovación de la cédula de identidad y luego se incorporará el trámite de cédula que se otorgará a los uruguayos nacidos fuera del país", agregó.

"A través de la implementación de este plan piloto procuramos poner en funcionamiento y ajustar el sistema previo, y comenzar a aplicarlo en todos los consulados de la región", informó.

Asimismo se trabaja junto con el Registro Civil para implementar, en 2014, otro proyecto piloto que permita la inscripción directa de los uruguayos nacidos en el exterior.

“UTU Sin Fronteras” permitirá acreditar conocimientos de uruguayos retornados - Presidencia del Uruguay

“UTU Sin Fronteras” permitirá acreditar conocimientos de uruguayos retornados - Presidencia del Uruguay

martes, 11 de junio de 2013

Cultura Emprendedora

http://www.frenteamplio.org.uy/noticia/cultura-emprendedora

A partir de este lunes, emprendedores extranjeros de la diáspora o uruguayos que retornaron hace menos de un año pueden postularse al programa de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación para desarrollar su negocio desde Uruguay con financiación de US$ 40 mil. El plan se circunscribe en el Programa de Apoyo de Futuros Empresarios, 

domingo, 3 de marzo de 2013

VIA TRABAJO

Ya Esta en linea  VÍA TRABAJO  plataforma de servicios vinculados a la información, orientación, capacitación e intermediación laboral. Busca dar respuesta a las dinámicas actuales del mercado.
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